COVID - 19 - Operatoria de las entidades financieras
OPERATORIA
DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS
Atención a clientes beneficiarios de haberes previsionales
El Banco Central, mediante Comunicación “A” 6951, dispuso
que las entidades financieras deberán abrir sus casas operativas los días 4 y 5
de abril de 2020 para la atención de clientes que sean beneficiarios de haberes
previsionales y pensiones integrantes del Sistema Integrado Previsional
Argentino (SIPA) o de aquellos cuyo ente administrador corresponda a
jurisdicciones provinciales o a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o
beneficiarios de prestaciones, planes o programas de ayuda abonados por la
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) u otro ente
administrador de pagos, durante la jornada habitual de atención al público,
según la jurisdicción de que se trate.
Cobro de cheques
La Comunicación “A” 6950 reguló ciertos aspectos
vinculados con la presentación al cobro de cheques.
En este sentido, la Comunicación estableció que, mientras
esté vigente la suspensión de sanciones por el libramiento de cheques sin fondo
dispuesta por el Decreto Nº 312/2020:
1. Se ampliará en 30
días adicionales el período para la presentación de los cheques comunes o de
pago diferido cuyo plazo para la presentación al cobro finalice durante la
vigencia de dicho Decreto.
2. Se admitirá una
segunda presentación para los cheques rechazados por causal “Sin fondos
suficientes disponibles en cuenta”. Esta disposición no será aplicable a los
cheques generados por medios electrónicos.
3. Las entidades
financieras no podrán aplicar comisiones a sus clientes relacionadas con el
rechazo de cheques.
En caso de
requerirse mayor información, por favor contactarse con María Victoria Funes y/o María
Victoria Tuculet.