Resolución Nº 1150/2019
El 3 de julio de 2019 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución Nº 1150/2019 de la Secretaría de Gobierno que modifica el Reglamento de Clientes de los Servicios de Tecnología de la Información y Comunicaciones.
La Resolución aplica a los prestadores de servicios de telefonía, de acceso a internet, de radiodifusión -tanto por vínculo físico o satelital-, de servicios de tecnologías de información o comunicación, entre otros.
El objetivo es implementar el uso del soporte electrónico (en lugar del soporte papel) y agilizar las comunicaciones entre los proveedores de servicios y sus clientes.
Entre los principales cambios se destacan:
1. La información relativa a las características esenciales del servicio deberá ser suministrada a los clientes por medios electrónicos (por ejemplo, correo electrónico). Sólo se brindara información en formato papel, si el cliente opta por dicho medio. La regla es el soporte electrónico.
2. El contrato de prestación de servicios podrá celebrarse por medio electrónico, salvo que el cliente opte por el soporte papel.
3. Toda modificación contractual propuesta por el prestador de servicio -como por ejemplo, aumentos de precio o cambios en las condiciones de comercialización- deberá ser publicada en el sitio web del prestador y ser comunicada a los clientes con una antelación no menor a 15 días previo a su implementación. El plazo de preaviso se reduce, así, de 60 a 15 días corridos.
4. Cualquier cambio en la grilla de programación (modificación, sustitución o eliminación de canales) deberá ser comunicada con una antelación mínima de 30 días corridos previos a la implementación (en lugar de 60), pudiendo el cliente optar por la baja del servicio sin cargo.
5. Para el caso de los servicios de telefonía, se elimina el plazo de 30 días para publicar cualquier modificación en los precios en el sitio web del prestador.
No se han efectuado modificaciones en el sistema de envío de facturas a los clientes. La factura debe ser enviada por correo postal al domicilio del cliente, salvo que el cliente opte por el envío electrónico.
La resolución entrará en vigencia el próximo 11 de julio.
En caso de necesitar mayor información, no dude en ponerse en contacto con Francisco Gutiérrez o MelisaRomero.