COVID - 19 - Superintendencia de Servicios de Salud - prórroga - Resolución Nº 365/2020
Superintendencia de Servicios de Salud - prórroga - Resolución Nº 365/2020
Por medio de la Resolución Nº 365/2020 la Superintendencia de Servicios de Salud dispuso que mientras dure el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” se prorrogan las medidas tomadas por medio de la Resolución Nº 233/2020, que dispuso:
• Un esquema reducido de atención al público;
• Solamente se atenderá a requerimientos vinculados con
falta de cobertura prestacional y negativa de afiliación en situaciones de
urgencia médica o que involucren a personas con discapacidad;
• Se mantendrá la recepción de documentación y la
tramitación del Sistema único de reintegro (SUR);
• La prórroga de la vigencia de las inscripciones emitidas
por el Registro Nacional de Prestadores Profesionales cuyo vencimiento hubiera
operado entre el 1 de enero y el 15 de abril de 2020;
• La suspensión de los plazos administrativos respecto de la
interposición de recursos contra los actos emitidos por la Superintendencia;
• La suspensión por notificación personal o por acceso
directo en todas las dependencias de la Superintendencia por parte de los
Agentes del Seguro de Salud y las Entidades de Medicina Prepaga;
• La suspensión de recepción de oficios judiciales, a menos
que expresamente conste la habilitación de días y horas inhábiles;
• Los trámites de opción de cambio tomados por los Agentes
del Seguro de Salud deben remitirse bajo el formato FTP, de conformidad con lo
dispuesto en el Anexo I a de la Resolución No. 170/2011 de la Superintendencia.
Se exceptúa la presentación de formularios en formato papel mientras dure el
aislamiento, los que deberán presentarse dentro de los 10 días hábiles
subsiguientes al levantamiento del aislamiento.
• El estado de los trámites de reclamo solamente podrá ser
consultados vía correo electrónico a [email protected].
• Los pedidos de continuidad de reclamos deberán ser
solicitados vía correo electrónico a [email protected].
• Los Agentes del Seguro de Salud deberán realizar las
presentaciones de Cartilla Asistencial y Programa Médico Asistencial
exclusivamente por medio de la Plataforma de Trámite a Distancia.
• Las presentaciones a las que ya se les había dado curso y
en las que se recibieron notificaciones, pueden responderse vía correo
electrónico a [email protected]
• Las presentaciones del Instituto Nacional Central Único
Coordinador de Ablación e Implante por recupero de procuración de órganos y
tejidos y subsidios por búsqueda de células progenitoras hematopoyéticas, deben
remitirse por correo electrónico a [email protected].
Para consultar la Resolución No. 233/2020, hacer click aquí http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/335000-339999/335684/norma.htm
Para consultar la Resolución
No. 365/2020, hacer click aquí https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/228077/20200421