COVID - 19 - DERECHO SOCIETARIO. SOCIEDADES DE CAPITALIZACIÓN Y AHORRO.
DERECHO SOCIETARIO. SOCIEDADES DE CAPITALIZACIÓN Y AHORRO.
El 22 de abril se publicó en el Boletín Oficial la resolución
general Nº 16/2020 de la Inspección General de Justicia (IGJ) que dispone
sobre los sorteos de las sociedades de capitalización que operan con planes,
condiciones generales y títulos aprobados por ese organismo mientras continúe
la situación de emergencia con aislamiento social preventivo obligatorio y se
mantenga la suspensión de la realización de sorteos de loterías nacionales y
provinciales y de quiniela.
Se permite la realización, sin autorización previa de la IGJ, de
sorteos mensuales mediante bolillero u otro medio mecánico o virtual siempre
que el medio que se utilice, conforme a dictamen actuarial previo que lo
acredite, garantice a los suscriptores cuyos títulos participen del mismo, las
mismas probabilidades de resultar beneficiarios contempladas en las condiciones
generales y los títulos emitidos por la sociedad, bajo la presencia física o
virtual, según se pueda en cada caso, de escribano público y del representante
de la sociedad.
Alternativamente, podrán utilizar el resultado del sorteo
matutino o nocturno, si no hubiera matutino, de la Quiniela Oficial de
Montevideo, República Oriental del Uruguay de fecha igual o posterior más
próxima a la prevista en las condiciones generales y títulos.
De
no haberse practicado el sorteo del mes de marzo, podrán utilizar como
resultado del mismo el que arroje la jugada matutina o si ésta no se hiciere la
nocturna, del penúltimo sorteo del mes de abril que realice la Quiniela oficial
de Montevideo.
Asimismo, si estas sociedades optaron por cobrar en forma
domiciliaria las cuotas previstas en sus condiciones generales y por ello no
hubieran podido alcanzar una normal recaudación del mes de marzo, podrán
posponer su sorteo correspondiente a ese mes hasta una fecha que no excederá el
sábado 9 de mayo.
Esta resolución entró en vigencia el 22 de abril de 2020.