COVID - 19 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL- Resolución 352/2020 – Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales –REPSAL.
MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL- Resolución 352/2020 – Registro Público de
Empleadores con Sanciones Laborales –REPSAL.
La norma comentada procede a suspender por el término de CIENTO OCHENTA
(180) días corridos a partir de su publicación, los efectos y plazos de
permanencia de los empleadores incluidos en el Registro Público de Empleadores
con Sanciones Laborales (REPSAL); y por igual término, la incorporación de
aquellos al mismo.
Para ello se tienen en cuenta las implicancias de la actual emergencia
sanitaria y los efectos negativos que tendría para los empleadores que se
encuentran incorporados al REPSAL, a causa de sanciones firmes aplicadas por
parte de autoridades del trabajo nacionales y provinciales, por la autoridad
impositiva y por parte de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo,
considerando que ello implica la imposibilidad para acceder a las asistencias,
subsidios, créditos o beneficios dispuestos por el Gobierno Nacional, en el
marco de la emergencia sanitaria declarada, a efectos de morigerar su impacto
sobre los procesos productivos y el empleo.
Por lo que se considera como imprescindible la limitación transitoria de
algunos de los efectos resultantes del régimen estatuido por la Ley 26.940, en
tanto restringen el acceso a instrumentos de crédito que posibiliten la
continuidad de la empresa y el pago de salarios a los trabajadores.
Quedan exceptuadas de tal suspensión, las sanciones aplicadas por
violación a las Leyes de Protección de Trabajo Infantil ; de Protección y
Prevención de Trabajo Adolescente y de Prevención de Trata de Personas.