COVID - 19 - AFIP prorroga a julio la presentación de las declaraciones juradas de las personas humanas
AFIP prorroga a julio la presentación de las declaraciones juradas de las personas humanas
El 21 de mayo de 2020 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General (AFIP) Nº 4721/2020 a través de la cual la AFIP dispuso nuevas fechas de vencimiento a los fines de presentación de las declaraciones juradas y, en su caso, de pago de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2019, de las personas humanas y sucesiones indivisas, cuyos vencimientos operaban durante el mes de junio de 2020, las cuales podrán ser presentadas y abonadas entre los días 24, 27, 28 y 29 de julio de 2020 inclusive, según el número de terminación de la CUIT.
Los sujetos
obligados a presentar declaración jurada por el impuesto cedular y al pago del
saldo resultante en los términos de la Resolución General (AFIP) N° 4.468 y sus
complementarias correspondiente al período fiscal 2019, podrán presentar y
abonar tal saldo entre los días 27, 28 y 29 de julio de 2020 inclusive, según
el número de terminación de la CUIT.
Finalmente,
los beneficiarios de las rentas comprendidas en las Resoluciones Generales
(AFIP) N° 2.442 y N° 4.003, sus respectivas modificatorias y complementarias,
podrán efectuar la presentación de las declaraciones juradas informativas
previstas, respectivamente, en los artículos 8° y 15 de las mencionadas normas,
correspondientes al período fiscal 2019, hasta el 31 de julio de 2020,
inclusive.