COVID - 19 - Superintendencia de riesgos del trabajo - Comisiones médicas: atención al público - Disposición 6/2020
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO –
COMISIONES MÉDICAS: atención al público - Disposición 6/2020
Con base en el PROTOCOLO
REGULATORIO DE ATENCIÓN AL PÚBLICO (Resolución SRT Nro 23/2020) que rige en el ámbito de las Comisiones
Médicas Jurisdiccionales (C.M.J.), sus Delegaciones y la Comisión Médica
Central (C.M.C.), y que regula todo lo relativo a la asistencia presencial a
fin de evitar aglomeración de personas, para mitigar la propagación del
Coronavirus COVID-19, y habiéndose implementado la posibilidad de realizar
presentaciones de trámites ante aquellas a través del módulo “Trámites a
Distancia” (TAD) del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) y estando
aprobado PROTOCOLO PARA LA CELEBRACIÓN DE AUDIENCIAS ANTE EL SERVICIO DE
HOMOLOGACIÓN EN EL ÁMBITO DE LAS COMISIONES MÉDICAS JURISDICCIONALES EN FORMA
VIRTUAL, y en funciones la MESA DE ENTRADAS VIRTUAL en el ámbito de la S.R.T.
mediante la plataforma “e-Servicios S.R.T.” , la normativa que comentamos dispone lo siguiente:
-el inicio de la
ETAPA 2 del “PROTOCOLO REGULATORIO DE ATENCIÓN AL PÚBLICO” para todas aquellas Comisiones Médicas y
Delegaciones con asiento en jurisdicciones alcanzadas por el “distanciamiento
social, preventivo y obligatorio”
- en tales
condiciones, esas Comisiones y Delegaciones brindaran atención al público
presencial exclusivamente a aquellas personas que cuenten con turno previamente
asignado, conforme la modalidad que corresponda, sin estar permitido el ingreso
a los establecimientos a personas que no acrediten relación e interés directo
con el trámite a realizar;
-los turnos serán
asignados, conforme la agenda disponible en función de los recursos existentes
en la sede administrativa, de acuerdo con la evolución epidemiológica;
- quienes concurran
a los establecimientos de las Comisiones Médicas y sus Delegaciones, con turno
asignado deberán dar estricto cumplimiento a las recomendaciones dispuestas en
el “PROTOCOLO SRT PARA LA PREVENCIÓN DEL COVID-19 - Recomendaciones y
sugerencias”; y de estar aquellas incluidas dentro de los grupos de riesgo
previstos en Res MINISTERIO DE SALUD (M.S.) N° 627/2020, deberán informar
fehacientemente de tal situación al momento de requerir el turno para la
atención presencial, a efectos de evaluar las circunstancias del caso y
proceder a la reprogramación de los turnos asignados, en caso de así
corresponder;
- establece la
continuidad de la ETAPA 3 del Protocolo, para todas aquellas Comisiones Médicas
y Delegaciones con asiento en jurisdicciones alcanzadas por el “aislamiento
social, preventivo y obligatorio” implicando ello el cese general de
actividades de atención al público presencial en los respectivos
establecimientos.
-en el marco de la
emergencia pública sanitaria, las presentaciones dirigidas a las Comisiones
Médicas Jurisdiccionales y la Comisión Médica Central deberán ser realizadas a
través de los canales remotos instrumentados mediante la plataforma “Trámites a
Distancia” (TAD) del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) y la MESA
DE ENTRADAS VIRTUAL
-en el contexto de
ETAPA 2 dispuesto en el artículo 1° de la presente disposición, podrán
iniciarse los trámites con motivo de “Rechazo de la Contingencia” previstos en
las Resoluciones S.R.T. N° 179/2015 y N° 298 /2017 a través de los
canales electrónicos referidos en el artículo que antecede.
-en el marco de los
procedimientos en trámite ante las Comisiones Médicas Jurisdiccionales (C.M.J.)
y la Comisión Médica Central (C.M.C.), los/las trabajadores/as, sus
derechohabientes y sus letrados/as patrocinantes podrán dar cumplimiento a las
cargas procesales pendientes, o en su defecto, consentir la continuidad de las
actuaciones, efectuando para ello la presentación correspondiente al efecto a
través de la MESA DE ENTRADAS VIRTUAL;
- una vez concluida
la intervención de la Comisión Médica Jurisdiccional, deberá proceder a
convocar a los/las trabajadores/as o sus derechohabientes y sus letrados/as
patrocinantes, para la celebración de una audiencia virtual, de conformidad con
el “PROTOCOLO PARA LA CELEBRACIÓN DE AUDIENCIAS ANTE EL SERVICIO DE
HOMOLOGACIÓN EN EL ÁMBITO DE LAS COMISIONES MÉDICAS JURISDICCIONALES EN FORMA VIRTUAL”