El Banco Central establece nueva restricción para el acceso de personas humanas al mercado de cambios
Novedad Legal
El 3 de octubre de
2019, el Banco Central de la República Argentina (el “BCRA”) emitió la
Comunicación “A” 6804 que estableció como requisito para el acceso al mercado
de cambios para la compra de moneda extranjera de personas humanas que estas no
hayan excedido el límite de US$10.000 para formación de activos externos
previsto en la Comunicación “A” 6770 en el mes calendario anterior.
A tales efectos, el BCRA informará periódicamente a las entidades autorizadas a
operar en cambios el número de clave de identificación tributaria de las
personas humanas que ya han alcanzado en ese mes calendario el límite de
US$10.000 o que lo hayan excedido en el mes calendario anterior. Las entidades
autorizadas a operar en cambios no podrán dar acceso al mercado de cambios para
la compra de moneda extranjera a quienes se encuentren incluidos en este
listado.
Se dispone que toda solicitud de rectificación o actualización de la
información incluida en el listado referido en el párrafo anterior debe ser
cursada a la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias a través de
una entidad autorizada a operar en cambios.
En caso de requerirse mayor información, por favor contactarse con María
Victoria Funes, Fermín Caride, Patricio
A. Martin y/o Lucía Carro.