Operaciones con títulos valores
OPERACIONES CON
TÍTULOS VALORES
El 19 y 20 de octubre de 2020, el Banco Central de la República Argentina y la
Comisión Nacional de Valores (la “CNV”) emitieron, respectivamente, la
Comunicación “A” 7142 y la Resolución General Nº 862/2020, mediante las cuales
se introdujeron modificaciones a las regulaciones vigentes para la concertación
de operaciones con títulos valores.
Como principales novedades:
1. Se eliminó la prohibición para los no residentes de concertar en el país
ventas de títulos valores con liquidación en moneda extranjera.
2. Se aclaró que sólo las transacciones de títulos valores concertadas en la
Argentina podrán liquidarse en pesos en el país. Entendemos que la norma no
limita las transferencias de títulos valores desde el exterior a cuentas en la
Argentina para su posterior liquidación en pesos en el país, siempre que se
cumpla el plazo mínimo de tenencia conforme a las normas de la CNV.
3. Se unificaron los plazos mínimos de tenencia para las ventas de títulos
valores con liquidación en moneda extranjera y para las transferencias de
títulos valores al y desde el exterior, reduciendo los plazos de 5 y 15 días
hábiles previamente vigentes a un plazo único de 3 días hábiles.
4. Se autorizó a los agentes a operar OTC fuera de la Argentina.
En caso de requerirse mayor información, no dude en contactarse con Fermín
Caride, María Victoria Funes y/o Lucía Carro.