COVID - 19 - Sistema Informativo para la Implementación de Políticas de Reactivación Económica – Procedimiento
Sistema Informativo para la Implementación de Políticas de Reactivación Económica – Procedimiento
Mediante Disposición 4/2021 (la “Disposición”), la Subsecretaria de Políticas para el Mercado Interno aprobó el procedimiento para el suministro de la información requerida a través del “Sistema Informativo para la Implementación de Políticas de Reactivación Económica” (SIPRE), disponible aquí.
Asimismo, se determinó que la totalidad de actividades de los sectores de comercio y de la industria cuyos productos deberán informarse al SIPRE son las que se encuentran incluidas dentro de la categorización detallada en el Anexo II de la Disposición, disponible aquí.
La Disposición también establece que:
(i)
las
empresas proveedoras de insumos o bienes finales, productoras, distribuidoras o
comercializadoras, deberán informar los precios, cantidades producidas y/o
vendidas y stock disponible de la totalidad de sus productos, de forma unitaria,
sea cual fuere el destino;
(ii)
la
primera presentación deberá realizarse dentro del periodo comprendido entre el
día 1 al 10 del mes de abril de 2021;
(iii)
las
presentaciones mensuales efectuadas de conformidad con lo previsto en la
Resolución N° 237/2021 de la Secretaría de Comercio Interior contendrán la
información correspondiente a los precios, cantidades y stock del mes inmediato
anterior; y
(iv) la información suministrada a través del repositorio de información del Ministerio de Desarrollo Productivo, podrá ser rectificada entre el día 11 al 15 del mes correspondiente a la presentación efectuada.
Para acceder a la
Disposición haga clic aquí.